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lunes, 5 de agosto de 2013

El coste de la reforma local para la Junta de Andalucía

Publicado por andaluces.es

http://www.andalucesdiario.es/politica/el-coste-de-la-reforma-local-para-la-junta-503-millones-y-dos-leyes-pioneras-en-via-muerta/

El Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, la reforma local que promueve Moncloa, no sólo va alterar el concepto de autonomía local por la visión “economicista” sobre la que se asienta y por la “recentralización” o “deconstrucción” del modelo institucional vigente. El informe elaborado por la Junta sobre este proyecto y el documento de posicionamiento de la Consejería de Administración Local recogen que aparte de las víctimas directas, que van a ser los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y las diputaciones, las hay indirectas: las comunidades autónomas. Estas tendrán el plazo de un año para hacerse cargo de nuevo de las competencias delegadas en manos municipales de servicios sociales, y cinco años para sanidad y educación. La Junta ya ha hecho sus cálculos: 330 millones de gasto extra en educación y 173 en políticas sociales. Faltaría el coste sanitario.

Estas cifras son importantes tanto por su volumen como por el hecho de que el Gobierno central no tiene previsto transferir financiación extra a las comunidades. El informe, al que ha tenido acceso andalucesdiario.es, pone de relieve esta circunstancia y advierte de que “puede comprometerse el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria” y que “los objetivos de déficit deberán ser revisados”. Un déficit que para Andalucía, desde el miércoles, ya está marcado en un 1,58% (se decidió en el último Consejo de Política Fiscal y Financiera).

El informe alerta de que la recuperación de competencias y la falta de financiación “puede comprometer el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”

Estos no son los únicos números negativos. El informe también pone el acento en que esa devolución de las competencias “impropias” (en realidad son competencias delegadas y pactadas por las comunidades y los ayuntamientos) se va a llevar por delante 40.000 puestos de trabajo a medio plazo (200.000 empleos en el país). Un cálculo que se apoya en esa cartera de servicios municipales que, por no cumplir con unos estándares de coste y calidad, irán a parar a manos de las diputaciones (el 89% de los municipios andaluces tiene menos de 20.000 habitantes). Como recoge el documento, la pérdida de servicios por “una dogmática aplicación de la lejanía administrativa eficiente” conllevará a corto plazo la disolución de muchas empresas públicas, y sus servicios pasarán a manos privadas ante la más que previsible incapacidad de las corporaciones provinciales de asumir esa carga.

A pesar del impacto de las cifras, el estudio del departamento que dirige Diego Valderas no se detiene tanto en ellas. Es lógico que no den o no puedan dar más. Una de sus principales críticas a la reforma local redactada por el Ministerio de Hacienda es que carece de memoria económica y no da ningún dato que avale el supuesto ahorro que si en el anteproyecto de febrero era de 7.100 millones, ahora sube en su última versión, ya como proyecto de ley, a los 8.024 millones.

Colisión grave de leyes

Lo que más preocupa al Gobierno andaluz es que el espíritu municipalista del Estatuto queda en entredicho por una norma estatal. Hay una “colisión grave” entre ambas, como se ha encargado de repetir estos días Valderas, que ha recordado que una prevalece sobre la otra: la andaluza es orgánica y la segunda es ley ordinaria. Y la primera, en sus artículos 92 y 93, es donde está la clave: garantiza a los municipios “un núcleo competencial propio que será ejercicio con plena autonomía” y establece la transferencia y delegación de competencias en los Ayuntamientos siempre con la necesaria suficiencia financiera, “quedando en el ámbito de la Junta de Andalucía la planificación y el control”. Esa es la principal fortaleza del recurso de inconstitucionalidad que la Junta podría presentar contra la ley de Montoro, si finalmente el informe jurídico que se ha encargado así lo aconseja: hay una invasión de competencias.

Pero mientras llega el recurso al Tribunal Constitucional y se resuelve, el primer efecto de la reforma local es que va a dejar en vía muerta uno de los principales hitos del Gobierno andaluz de la pasada legislatura: la Ley de Autonomía Local (LAULA), aprobada en mayo de 2010, y que se llegó a llamar el “Estatuto de los Ayuntamientos”. La primera norma del país por la que una comunidad, Andalucía, fue capaz de definir las 29 competencias básicas de los ayuntamientos y cómo canalizar la asunción de otras de rango autonómico, rellenando los huecos y coladeros que dejaban tanto la Constitución (artículo 137) como la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL). Abría el abanico de los servicios de gestión municipal, mientras el Gobierno central lo quiere ahora cerrar.

La Ley de Autonomía Local andaluza abre el abanico de la cartera de servicios de gestión municipal que el Gobierno central quiere ahora cerrar

La prueba de ese golpe mortal a la LAULA está, precisamente, en una de las principales novedades del último texto redactado por Hacienda (hubo hasta 10 borradores): el cambio del criterio del “coste estándar” por el “coste efectivo”. El dictamen del Consejo de Estado sobre el anteproyecto de febrero advirtió de que el Gobierno central no tenía potestad de fijar ese coste “estándar” de los servicios y que de hacerlo sería un “exceso” competencial, porque los ayuntamientos que no encajaran en ese límite rebotarían esos servicios a las diputaciones. Ahora, con el “coste efectivo” es el propio ayuntamiento quien valora el servicio que va a prestar, pero quedan bajo el control del Ministerio de Hacienda, es decir, si el precio ofrecido por la administración local “no es competitivo”, pasa a las diputaciones. No es más que una fórmula para “sortear” el dictamen del Consejo de Estado y, como apunta el informe, “astilla” la autonomía local y el autogobierno “bajo el pretexto del ahorro de costes”.

La otra ley pionera andaluza que también quedaría afectada, según explicó a este medio Valderas, es la Ley de Participación de los Ayuntamientos en los tributos de la comunidad (Patrica). Esta norma establece que de las arcas autonómicas saldrá anualmente un fondo incondicionado a los 771 ayuntamientos andaluces, que estaba previsto que en 2014 alcanzara los 600 millones de euros. La razón de su bloqueo es que ese fondo se reparte en función de una serie de variables indicadoras de la necesidad de gasto y de la capacidad fiscal.

Las conclusiones de este informe son demoledoras (redactado en tiempo récord, ya que se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado viernes, aunque había un documento previo sobre el anteproyecto y que fue el que se elevó como alegaciones al Consejo de Estado). Directamente se acusa al Gobierno central de pretender “más tutelaje, menos democracia y menos participación de los asuntos públicos”, ocultando bajo el paraguas de la “clarificación de competencias” lo que en realidad es “reducción a la mínima expresión de la Administración local” mientras se potencia la privatización de servicios públicos. Y lo que más inquieta: se pretende un cambio en las relciones entre Gobierno, comunidades y ayuntamientos sólo desde la perspectiva del “ahorro”, es decir, con una visión más coyuntural que otra cosa, que en futuro tendrá una difícil reversión (se ha utilizado como cebo el “discurso populista” del ahorro en los salarios de los alcaldes y concejales), y afectando a los ayuntamientos que son la administración que menos déficit genera (menos del 4%).

A esto se añade que para este cambio en las reglas del juego no ha habido lealtad institucional y no se ha contado con las administraciones afectadas, de ahí que la Junta esté reclamando la convocatoria de la Conferencia sectorial local y su intervención en el Senado.

Pero la conclusión política más importante es que “la reforma no piensa ni un minuto en el receptor último de los servicios públicos locales ni las consecuencias que tendrá esa reforma para los ciudadanos”. Es decir, no piensa en tres millones vecinos de 691 municipios de menos de 20.000 habitantes, que tendrán sus ayuntamientos desmantelados y convertidos en una oficina de tramitación de quejas y solicitudes, cuyos problemas más importantes se resolverán a kilómetros de distancia de donde residen, en las diputaciones, y por diputados a los que no han votado (son un resultado indirecto de las urnas, porque son elegidos por sus partidos). Habrá ciudadanos de primera y de segunda.

sábado, 27 de julio de 2013

El Gobierno aprueba una reforma de la administración local aún peor que la criticada por el Consejo de Estado

Publicado en Blogcanalprofesional por Alejandro de Diego
http://alejandrodediego.blogcanalprofesional.es/el-gobierno-aprueba-una-reforma-de-la-administracion-local-aun-peor-que-la-criticada-por-el-consejo-de-estado/
julio 26, 2013Alejandro de Diego

El Gobierno aprueba una reforma de la Administración Local aún peor que la criticada por el Consejo de Estado

El proyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local aprobado por el Consejo de Ministros desoye el Dictamen del Consejo de Estado y aún se enroca más en los asuntos sobre los que este alto organismo advirtió de una más que posible inconstitucionalidad.

Es verdad que el Gobierno ha hecho desaparecer el famoso coste estándar, que fue  criticado no sólo por el Consejo de Estado sino también desde todos los sectores locales, tanto profesionales, técnicos y políticos, y se ha sustituido por el coste efectivo de los servicios. Según el Gobierno se trata de una medida de transparencia que debe contribuir a una mejora de la eficiencia en el medio plazo. Incluso le confiere a las diputaciones el papel de seguimiento de esos costes para que cuando detecten que son superiores a los de los servicios coordinados o prestados por ellas ofrezca a los municipios su colaboración para una gestión coordinada más eficiente de los servicios que permita reducir estos costes. Y dicho así parece absolutamente razonable.

Pero el proyecto le reserva una desagradable sorpresa a la mayoría de ayuntamientos. En principio a los de menos de 20.000 habitantes pero muy especialmente a los de menos de 5.000, es decir, al 84 % de los municipios españoles, para los cuales prácticamente todas sus competencias serán asumidas directamente por las diputaciones que decidirán si las prestan directamente por ellas mismas o a través de una gestión compartida, mediante consorcios, mancomunidades, etc., pero sin intervención alguna del ayuntamiento que, no obstante, tendrá que seguir pagando su coste. Y será cada diputación la que decida si devuelve o no esas competencias porque son ellas las que deben acreditar si el ayuntamiento solicitante está en condiciones de asumirlas. Es decir, se suprimen por ley las competencias de la mayor parte de los municipios que pasan a ser competencias provinciales, quedando los ayuntamientos, en la práctica, como simple elementos folclóricos, independientemente de su situación económica y financiera, aunque eso sí, con alcaldes, concejales y asesores debidamente remunerados.

Este texto es mucho peor que el que fue criticado por el Consejo de Estado, contraviniendo su Dictamen en lugar de adaptarse a él como nos habían prometido, e incidiendo mucho más en el desapoderamiento de los ayuntamientos en favor de las provincias que supone una flagrante vulneración de la garantía de la autonomía local consagrada en los artículos 137 y 140 de la Constitución, además de seguir insistiendo en el fortalecimiento de las diputaciones que son entidades de representación indirecta, contrarias a la Carta Europea de la Autonomía Local al no estar sometidas al refrendo de las urnas. Es decir, al contrario de lo que volvió a anunciar el Ministro Montoro en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que aprobó el proyecto, este supone el mayor ataque que ha sufrido nunca el municipalismo español.


Nota de Prensa de la Federación Española de Entidades Locales Menores FEEM

                                          NOTA DE PRENSA
 

 

LA FEEM ASEGURA QUE “MONTORO MIENTE EN LA JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA LOCAL RESPECTO A LAS ELAS”

La Federación anuncia un “cierre patronal parcial” en los ayuntamientos de las entidades menores a partir de la próxima semana y una macromanifestación en Madrid para el 27 de septiembre

26 de julio de 2013. La Federación Española de Entidades Locales Menores (FEEM) ha asegurado tras conocer la aprobación hoy de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Pública por parte del Consejo de Ministros que “Montoro miente al asegurar que el elemento fundamental de la ley es la delimitación de competencias”. A la espera de poder conocer el texto íntegro de la nueva ley, y basándose en la comparecencia ministerial, desde las entidades aseguran que “en el caso de las entidades locales, no han delimitado absolutamente nada, así que al menos por lo que respecta a las 3.700 entidades locales, el ministro miente”, asegura su presidente, Antonio Martín Cabanillas.

​“Justamente era la clarificación competencial uno de los aspectos que más nos interesaba”, indican desde la FEEM, “pero es evidente que todos nuestros esfuerzos han sido insuficientes cuando el objetivo no es garantizar nuestra permanencia, viabilidad y desarrollo”.

​Por ello, desde la FEEM ya han anunciado movilizaciones que culminarán, al menos inicialmente, el próximo 27 de septiembre con una macromanifestación en Madrid entre la sede del Tribunal Constitucional y Moncloa. Además, a partir de esta misma semana, se va a realizar un “cierre patronal parcial” de los más de 3.700 ayuntamientos de las entidades locales de todo el país. “Será un cierre”, indican, “de unas pocas horas, para denunciar la mentira del ministro y de esta ley”.

​La Federación Española de Entidades Menores cree que se mantiene la verdadera intención del Gobierno de suprimir las ELAs o, cuando menos, diezmar al primer escalón de la administración local, y lamenta que el Gobierno no haya reflexionado “a pesar de todas las oportunidades que se le ha dado para hacerlo” y que haya optado por “una ley que puede ser la puntilla del mundo rural”.

Más información:

-
Antonio Martín Cabanillas, presidente FEEM (696425324)
-
Sonia Arnaiz, comunicación (608850095)

sonia@vacasyratonescomunicacion.com

faemprensa@gmail.com

http://soseatim.blogspot.com.es/

viernes, 26 de julio de 2013

La noticia en Economía Digital


La Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, con la que el Gobierno central estima que se ahorrarán más de 8.300 millones de euros hasta 2019, ya está más cerca de ser una realidad. Este viernes superó su último trámite antes de ser remitida al Congreso tras ser aprobada por el Consejo de Ministros. La norma ha desatado la polémica entre la oposición, que considera que abre la puerta a una mayor privatización de los servicios públicos y constituye un ataque a la independencia de los ayuntamientos.

Según el ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, que rechazó estas críticas, la ley es “promunicipalista y pretende situar a las corporaciones locales en el lugar que se merecen en el Estado de las Autonomías y que históricamente no se les ha dado”.

Entre los objetivos de la norma destaca el de racionalizar la administración, mejorar la eficiencia en la prestación de servicios y, sobre todo, reordenar las competencias entre las administraciones locales y autonómicas para evitar duplicidades en materias tales como sanidad, educación o servicios sociales.

Sueldos de los alcaldes

El aspecto más llamativo de la futura norma es que limitará el sueldo de los alcaldes en función de la población del municipio. Así, se establece un tope máximo de 100.000 euros anuales (equivalente a un secretario de Estado) para las seis localidades de más de 500.000 habitantes.

Luego, la cantidad a percibir irá disminuyendo. Así, los primeros ediles de las poblaciones de entre 1.000 y 2.000 vecinos percibirán un 20% de esa cantidad. Por debajo de este límite, los alcaldes no tendrán sueldo. Esto afectará al 82% de los 8.116 consistorios que hay en España y que se encuentran en esa situación.

Los asesores

El anteproyecto también pone coto a la figura de los asesores. En total, no podrá haber en España más de 6.489 empleados de este tipo. En las ciudades con más de medio millón de habitantes sólo podrán suponer el 0,7% de la plantilla.

Si el número de vecinos se sitúa entre esta cifra y 50.001, no podrá haber más asesores que concejales (entre 12 y 19). Los municipios con menos de 5.000 habitantes no podrán contar con ninguno.

Del “coste estándar” al “coste efectivo”

Sobre la ley pesa un informe del Consejo de Estado que advertía de una posible inconstitucionalidad ya que recorta la autonomía de los ayuntamientos. El motivo era la introducción del concepto de “coste estándar” que obligaba a las corporaciones a ofrecer sus servicios a un determinado precio.

Al respecto, Montoro anunció que ha sido sustituido por una medida de “coste efectivo”. Según explicó, este obligará a los ayuntamientos a publicar el precio que pagan por cada uno de los servicios. Así, si la cifra es superior a la media, el mismo será asumido por la diputación para que pueda ofrecerlo a un coste inferior. Estas instituciones provinciales son las que más reforzadas salen con la nueva redacción del proyecto de ley.

Otro de los aspectos de la futura norma es que dará un impulso a la fusión “voluntaria” de los municipios más pequeños poniendo a su disposición apoyo financiero. El objetivo es “evitar la dispersión administrativa que, en ocasiones, es muy costosa”, apuntó Montoro.


De la Reseña del Consejo de Ministros de hoy 26 de Julio de 2013

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL
  • Se acaba con las competencias impropias de los Ayuntamientos, al regular por primera vez, y de forma precisa, sus competencias propias
  • Se potencia a las Diputaciones provinciales para la coordinación de la prestación de servicios mínimos obligatorios en los municipios de menos de veinte mil habitantes
  • Se incentivan las fusiones voluntarias, se aumentan las trabas para la escisión o creación de nuevos municipios y ya no habrá convenios entre Administraciones sin financiación
  • Los ayuntamientos deberán publicar el coste efectivo de sus servicios. Se reducen y ordenan sueldos, así como el personal eventual
  • La reforma prevé un escenario de ahorro de 8.024 millones de euros para el periodo 2013-2019

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y lo ha remitido al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria en las Cortes Generales. Esta norma, inspirada en el principio de 'Una Administración, una competencia', responde al compromiso electoral del presidente del Gobierno de clarificar las competencias municipales con el fin de evitar duplicidades y garantizar la estabilidad financiera y presupuestaria, reconocidos por la Constitución en su artículo 135.

La Ley tiene los siguientes cuatro objetivos:

  • Clarificar y simplificar las competencias municipales para evitar duplicidades con las competencias de otras Administraciones
  • Racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local, de acuerdo con los principios de eficiencia y equilibrio presupuestario
  • Garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso
  • Favorecer la actividad económica local con medidas liberalizadoras

Clarificación competencial precisa

Hasta ahora los Ayuntamientos no han tenido una definición precisa y acotada de sus competencias, lo que, en la práctica, permite que realicen actividades fuera del ámbito de competencias de los municipios. Es lo que se denomina competencias impropias. La consecuencia es que han proliferado, de forma ineficiente, actividades que se duplican con otras ejercidas con otras Administraciones, con el consiguiente aumento del gasto público municipal en 13.223 millones, según el Instituto de Estudios Fiscales.

Por primera vez, se definen tanto las competencias propias como las delegadas, que deben ser desarrolladas por la Administración Local, diferenciándolas de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Es decir, sólo se permite que los Ayuntamientos ejerzan las competencias que están previstas en la Ley.

Únicamente cuando esté garantizada la prestación de los servicios obligatorios, sea sostenible financieramente y no se incurra en duplicidad, se podrán prestar otros servicios no obligatorios. La delegación de competencias debe ir acompañada de la correspondiente dotación presupuestaria anual con una cobertura del cien por cien del coste del servicio y su cobro garantizado.

La delegación de competencias por convenio al municipio irá siempre acompañada de la financiación íntegra de la misma. Sin financiación, no hay convenio.

Se limitan el alcance de las competencias a temas de interés exclusivamente local en materia de vivienda, turismo, servicios sociales (evaluación e información de situaciones de necesidad social o atención inmediata por exclusión social), sanidad (protección de la salubridad pública y relacionadas con cementerios y servicios funerarios) y educación (participar en el cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas en la obtención de solares para la construcción de nuevos centros docentes).

Además, se produce una reordenación de competencias que hasta ahora se atribuían a los municipios. En materia de salud, las competencias relativas a la participación en la gestión de la atención primaria de la salud corresponden a las Comunidades Autónomas, proceso que se instrumentaliza en un periodo de cinco años.

Las competencias relativas a la prestación de los servicios sociales y de promoción y de reinserción social corresponden a las Comunidades Autónomas, proceso que se articula en el plazo de un año. Y en materia de servicios de inspección sanitaria, corresponde a las Comunidades Autónomas en el plazo de seis meses prestar los servicios relacionados con el control sanitario de mataderos, industrias de alimentos y bebidas que hasta ahora prestaban algunos municipios de mayor tamaño.


Racionalización de las estructuras locales

El Proyecto de Ley racionaliza la estructura de la Administración Local, de acuerdo con los principios de estabilidad, sostenibilidad y eficiencia. Se adoptan las siguientes medidas:

  • Potenciación de las Diputaciones Provinciales. Se potencia el papel de las Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, que podrán coordinar determinados servicios mínimos obligatorios de los municipios de menos de veinte mil habitantes, mediante su prestación por la Diputación o la implantación de fórmulas de gestión compartida a través de consorcios, mancomunidades u otras fórmulas, a menos que el municipio justifique que puede prestar estos servicios con un coste efectivo menor que el de aquellas. Además, podrán asistir a los municipios en las facultades de gestión de la recaudación tributaria, la gestión financiera, la Administración electrónica y la contratación centralizada.
  • Entes Locales de ámbito inferior al municipio. Deberán, en un plazo de tres meses, presentar sus cuentas ante el Estado y Comunidades Autónomas.

Si no presentan cuentas, se disuelven y se integran en los Ayuntamientos de los que dependan como organización desconcentrada y corresponderá al municipio la prestación del mismo, carentes de personalidad jurídica. En todo caso, no se permite la creación de nuevas entidades locales menores con personalidad jurídica propia, y se mantendrán únicamente las existentes, si se presentan sus cuentas, y aquellas que hayan iniciado su procedimiento para su constitución antes del 1 de enero de 2013.

  • Incentivo a las fusiones municipales voluntarias. Se incluye la propuesta del Consejo de Estado de alentar, sin obligar, las fusiones voluntarias de municipios que sean colindantes y estén dentro de la misma provincia. Para ello, se establecen una serie de incentivos para el nuevo municipio fusionado, como una mayor financiación per cápita, dispensa temporal para no prestar los nuevos servicios que pudieran resultar obligatorios por su aumento poblacional o una preferencia temporal en planes de cooperación local de infraestructuras, obras, servicios y subvenciones. El número de concejales del municipio resultante sería temporalmente el resultado de la suma de los fusionados en los términos previstos en la Ley Orgánica Electoral General.
  • Gestión coordinada de servicios de los municipios. Se promueve la gestión integrada o coordinada de todos los servicios de los municipios, de forma que, si generan unos ahorros mínimos, recibirán mayor financiación.
  • Se aumentan las trabas a la creación y escisión de municipios, que deberán contar con, al menos, cinco mil habitantes.


  • Racionalización del sector público local. Se revisan en profundidad el sector público local y sus organismos dependientes, que habían crecido exponencialmente en los últimos años, con el objetivo de racionalizar su número y estructura, lo que generará ahorros importantes. Igualmente, se limitan las retribuciones en los contratos mercantiles y de alta dirección del sector público local.
  • Transparencia en la gestión pública local. La actuación pública tendrá la máxima transparencia y rigor en la gestión de los recursos. Para ello, se aborda el régimen retributivo de los cargos públicos fijando como criterios la población y las retribuciones que reciben los Secretarios de Estado (cien mil euros brutos anuales).
HabitantesReferencia
Más de 500.000Secretario de Estado
300.001 a 500.000Secretario de Estado - 10%
150.001 a 300.000Secretario de Estado - 20%
75.001 a 150.000Secretario de Estado - 25%
50.001 a 75.000Secretario de Estado -35%
20.001 a 50.000Secretario de Estado -45%
10.001 a 20.000Secretario de Estado -55%
5.001 a 10.000Secretario de Estado -60%
2.001 a 5.000Secretario de Estado -70%
1.001 a 2.000Secretario de Estado -80%

Igualmente, se fijan límites, en función de criterios poblacionales, al número de cargos representativos locales que pueden ejercer sus funciones en régimen de dedicación exclusiva.


HabitantesReferencia
Menos de 1.500 hab.Ninguno
Entre 1.500 y 2.000 hab.1
Entre 2.001 y 3.000 hab.2
Entre 3.000 y 10.000 hab.3
Entre 10.000 y 15.000 hab.5
Entre 15.000 y 20.000 hab.7
Entre 20.000 y 35.000 hab.10
Entre 35.000 y 50.000 hab.11
Entre 50.000 y 100.000 hab.15
Entre 100.000 y 300.000 hab.18
Entre 300.000 y 500.000 hab.20
Entre 500.000 y 700.000 hab.22
Entre 700.000 y 1.000.000 hab.25
Madrid45
Barcelona32

También se limita el número de personal eventual al servicio de las entidades locales, que no podrá superar un determinado número en función de la población del municipio. En cuanto al personal eventual, se publicará el número de puestos reservados a este tipo de personal en la sede electrónica de la entidad local, el boletín de la provincia o en el de la Comunidad Autónoma uniprovincial.

  • Profesionalización del empleo público local. Se consagra la profesionalización de los empleados públicos locales, mediante la preferencia por los funcionarios de carrera. Se reservan a funcionarios de carrera el desempeño de los puestos de coordinadores generales y directores generales de municipios, así como el personal directivo de Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos Insulares.

Garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso

Se refuerza la función interventora en las entidades locales respecto a su función fiscalizadora y de comunicación de información con carácter anual al Tribunal de Cuentas. Se habilita al Gobierno para establecer las normas sobre los procedimientos de control. También se regula el régimen de los funcionarios con habilitación nacional que serán seleccionados, formados y sancionados, en los casos más graves, por el Estado.

  • Coste efectivo de los servicios. Todas las entidades locales deberán publicar el coste efectivo de sus servicios. Este criterio viene avalado por la notable mejora demostrada por la planta municipal española al comparar su liquidación presupuestaria del año 2011 y 2012, con un ahorro de 4.200 millones de euros, un 9,2 por 100 menos del gasto liquidado en 2011.
  • Cumplimiento de la estabilidad presupuestaria. Se añade como contenido mínimo del Plan Económico-Financiero de las entidades locales que estén en déficit, la supresión de sus competencias impropias, de entidades locales menores, incluir una propuesta de fusión con otro municipio y gestionar de forma integrada diferentes servicios para lo que contarán con la asistencia de las Diputaciones.

Favorecer la actividad económica local

Se introducen medidas liberalizadoras que favorezcan la actividad económica local. El ejercicio de actividades no se someterá a la obtención de licencia, salvo en los casos en los que su necesidad y proporcionalidad queden claramente justificadas. Asimismo, se suprimen monopolios que venían heredados del pasado, como lonjas y mercados.

Ahorros y memoria económica

La memoria económica que acompaña al Proyecto de Ley prevé un escenario de ahorro, según el modelo de coste de 8.024 millones de euros para el periodo 2013-2019.